Historia y Misión

HISTORIA

ENARD: SINÓNIMO DEL COMPROMISO CON EL DEPORTE ARGENTINO

El deporte nacional requería la creación de un modelo superador, una herramienta que cambiara la historia y que contribuyera a que nuestros atletas contaran con las condiciones necesarias para planificar sus carreras sin dificultades ajenas al propio desafío de su actividad.

A fines de 2009, el Congreso Nacional sancionó la ley N° 26.573, y la inmediata Reglamentación del poder ejecutivo encabezado por la presidenta Dra. Cristina Fernández de Kirchner, posibilitó la creación del Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo, iniciando su gestión como tal en agosto de 2010.

El ENARD es un organismo de composición mixta (ámbito público y privado), de conducción alternada y representación igualitaria, cuyos socios fundadores y coadministradores son el Comité Olímpico Argentino (COA) y la Secretaría de Deporte de la Nación. Ejerce la condición de persona jurídica de derecho público no estatal, sin fines de lucro, en la que el Estado y la organización privada realizan una tarea conjunta para potenciar el crecimiento y la consolidación del deporte de representación nacional.

El Ente gestiona y coordina apoyos económicos específicos para la implementación y el desarrollo de las políticas de alto rendimiento deportivo, a fin de posibilitar que nuestros atletas cuenten con los recursos adecuados, incrementen su motivación y puedan concentrar sus esfuerzos en pos de mejorar sus resultados, cumpliendo así, sus metas competitivas. Se trata de un proyecto estratégico, con un enfoque federal, participativo y de sustentabilidad en el largo plazo.

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Para llevar a cabo dichos objetivos, el ENARD realiza una administración profesional y transparente de los recursos aplicados al desarrollo del alto rendimiento deportivo.

Los recursos con los que esta entidad se financió (ejercicios 2010 al 2017, inclusive), fueron el producto de un cargo del uno por ciento (1%) aplicado sobre el abono que las empresas de telefonía celular facturaron a sus clientes por los servicios de comunicaciones brindados (Artículo 39, inciso a de la Ley 26.573). A partir del 2018, con la sanción de la Ley 27.430, se deroga el artículo anteriormente citado, reemplazando la fuente de financiamiento y estableciendo que el Poder Ejecutivo Nacional incluirá en cada proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Nacional el monto anual a transferir al ENARD.

El Plan actual de Desarrollo del Alto Rendimiento Deportivo del ENARD comprende una planificación que apunta a tres ciclos olímpicos y tiene como objetivo alcanzar progresivamente la elite regional, continental y olímpica, a partir de la mejora sistemática de las estructuras fundamentales del deporte de representación
nacional.

El esfuerzo conjunto del ENARD, el Comité Olímpico Argentino y la Secretaría de Deporte de la Nación, tiene como premisa asumir este desafío con la misma pasión, sacrificio, esfuerzo, profesionalismo, compromiso y constancia que cada día demuestran nuestros atletas.

MISIÓN

La misión del ENARD es dar soporte para el entrenamiento y la capacitación de los atletas de alto rendimiento y, de este modo, colaborar con el objetivo de atender y de promover las actividades relacionadas con el Deporte Nacional, con un enfoque federal, participativo y de sustentabilidad en el largo plazo.

El Ente tiene plena capacidad jurídica para administrar los recursos asignados por la Ley Nº 26.573, afectándolos exclusivamente a:

a. Asignar becas a deportistas dedicados a actividades y competencias deportivas con- forme lo establezca la reglamentación de la presente ley;

b. Complementar los subsidios de la Secretaría de Deporte de la Nación para solventar los gastos que demande la participación en competencias deportivas internacionales que consten en el calen- dario oficial de la respectiva Federación Internacional y que se encuentren incluidas en el presupuesto anual, aprobado por el Directorio Ejecutivo;

c. Otorgar becas a entrenadores y técnicos afectados al alto rendimiento;

d. Contratar especialistas en ciencias aplicadas al deporte y adquirir los elementos necesarios para el entrenamiento de los deportistas;

e. Brindar apoyo económico para la organización de competencias nacionales e internacionales a realizarse dentro del territorio de la República Argentina;

f. Asegurar la cobertura médico-asistencial de los deportistas, entrenadores y técnicos contemplados enla presente ley;

g. (modificado por la Ley 27.434) Solventar los gastos de toma de las muestras de los atletas de alto rendimiento que se encuentren vinculados a programas bajo la órbita del Ente, en los controles que realice la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE y los costos que irroguen los análisis de dichas muestras en laboratorios acreditados por la AGENCIA MUNDIAL ANTIDOPAJE;

h. Arbitrar las medidas conducentes para el apoyo a los deportistas paralímpicos;

i. Implementar planes, programas, proyectos y acciones a través de unidades ejecutoras públicas o privadas, nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires idóneas para tales cometidos, no pudiendo este concepto exceder el diez por ciento (10%) de los recursos recaudados en forma anual.

LEYES Y DECRETOS

LEY 26573

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